Plan Renove 2020 maquinaria agrícola
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, la convocatoria de ayudas para la renovación del parque nacional de maquinaria agrícola correspondiente a 2020.
Dotado con un presupuesto de 8 millones de euros que se distribuirán mediante ayudas directas al agricultor.
Desde el lunes 15 de junio, y hasta el 15 de septiembre, se pueden solicitar las ayudas del Plan Renove 2020 de maquinaria agrícola, convocadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Esta subvención está dotada con 8 millones de euros, que se distribuirán mediante ayudas directas al agricultor. De esta forma el solicitante dispondrá de cinco meses para comprar la nueva máquina, realizar su inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola y tramitar la solicitud.
Se atienden así las diversas necesidades de mecanización de la agricultura española, incorporando máquinas más eficientes, con mayor capacidad de trabajo, más seguras y más respetuosas con el medio ambiente.
La ayuda para la compra de equipos de aplicación de productos fitosanitarios se establece en el 30% de la inversión sin IVA y no podrá superar los 6.000 euros.
Las ayudas se concederán por riguroso orden de presentación de las solicitudes a través del enlace correspondiente en la página web del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, hasta el agotamiento de los fondos disponibles.
La maquinaria substituida deberá cumplir los siguientes requisitos, en el caso de la adquisición de un atomizador,:
- Ser una máquina arrastrada o suspendidas a vehículo tractor, del mismo tipo que la adquirida.
- Estar en condiciones de uso y no de abandono. Se admitirá que la ITV esté caducada durante un período inferior o igual a un año respecto de la fecha de solicitud de la subvención.
- Ser entregada en un centro autorizado y obtener certificado de achatarramiento.
- La antigüedad de la inscripción en el ROMA, debe ser al menos, desde el 1 de enero de 2016 a nombre del solicitante de la ayuda.
- Deberá haberse solicitado la correspondiente baja en el ROMA.
Los beneficiarios no podrán enajenar la nueva maquinaria durante un período de cinco años, desde su fecha de inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA), salvo causa de fuerza mayor.
Las subvenciones deben tramitarse a través de la página web del MAPA, con el formulario electrónico que se habilitará en la misma, acompañada de toda la documentación pertinente: acreditación del beneficiario, facturas de compra, certificados de la maquinaria adquirida y de la titularidad de la misma, ficha técnica, informe de la ITV si procede y compromiso de destrucción y baja del ROMA de la máquina a sustituir.
Puedes consultar toda la información detallada en:
CONTACTA CON NOSOTROS -> CLICK AQUÍ